🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

CSJ - AC09-10-1986 699

Corte Suprema de Justicia

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
CSJ - AC09-10-1986 699
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Civil
Año
1986

yv 64699 40000

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA 5

SALA DE CASACION CIVIL Bogotá, nueve (9) de Octubre de mil noveclen tos ochenta y seis (1986),- Tenlendo en cuenta la decisión adoptada en la diligencia de reconstrucción de este expediente, llevada a cabo el 13 de Agos to del año en curso, la que a su vez fue confirmada por la Sala de Decisión mediante auto de 23 de Septiembre de este mismo año, que declaró reconstruf do el expediente que contenía tanto el proceso ordinarlo como el recurso derevisión, el que al momento de su destrucción se encontraba para recibir el fallo correspondiente, se deduce que el escrito que en esta oportunidad presenta Edgar Cerón Sánchez no solo es extemporáneo sino impertinente, pues la etapa procesal para aducir alegaciones en el trámite de dicho recurso extraordinario concluyó mucho antes' de que el expediente se destruyera y, en la reconstrucción de expedientes, esta clase de actuaciones no son de recibo. Por lo tanto, $e dispone que la Secretaría devuelva el aludido escrito a quien lo presentó. Notifíquese. RAFAEL ROMERO SIERRA ines Galvis de Benavides Secretaria

Consultar sobre este documento ...