CSJ - AC10-07-1986 489
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - AC10-07-1986 489
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Civil
- Año
- 1986
" CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACION CIVIL Bogotá, diez (10) de Julio de mil novecientos mm o aochenta y seis (1986).- o e EN Teniendo en cuenta que la solicitud de reconstrucción que antecode, elevada por el doctor Samuel Arango Reyes como apodizcua A A derado judicial del codemandante Dante! Comez Barco, viene formulada : por3H parte legitimada para elto y con el llene de los requisitos tegates, se dispone DoS la citación de los apoderados de las partes a la audiencia que tendrá lugar en CG 23 este Despacho a las diez (10) de la mañana del día veintluno (21) de Noviemivi bre del año en curso, con el fin de comprobar los hechos a que se refiere el. Si3 Rot numeral 30. del artículo 133 del Código de Procedimiento Civil y para resolmn ig ver sobre la reconstrucción pedida. Notifíquese este ¿uto por estado y además percoo sonalmente o en subsidio por aviso, en la, forma prevista en el inciso segundo LN 1 del numeral 30. del precitado artículo 133, a los demandados, residentes en AN Bucaramanga y Piedecuesta (ver folio 28). Para este efecto se comisiona al O SL y señor Juez Civil del Circuito (reparto) de cada una de estas dos ciudades, a EG quien se librará despacho comisorio con los insertos del caso y veinte (20) - Y <2 días de plazo para su diligenciamiento. Se reconoce al doctor Samuel Arango Reyes como apoderado judicial del codemandante Daniel Gomez Barco, en los términosy para los efectos del memorlal-poder visible a folio 105. Notifíquese. RAFAEL ROMERO SIERRA ines Galvis de Benavides Secretaria