🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

CSJ - AC1123-2023

Corte Suprema de Justicia

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
CSJ - AC1123-2023
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Civil
Año
2023

HILDA GONZÁLEZ NEIRA

Magistrada Ponente AC1123-2023 Radicación n° 11001-02-03-000-2021-03286-00 Bogotá D.C., tres (3) de mayo de dos mil veintitrés (2023). El 17 de abril del año cursante se inadmitió la demanda de revisión presentada en el asunto de la referencia para que se subsanaran las deficiencias formales puestas de presente en dicho proveído, cuya notificación se surtió por estado del 18 de abril siguiente. No obstante, en constancia que antecede, adiada 26 de abril de 2023, se observa que la secretaría de esta Sala informó que «(…) En la fecha ingresa a despacho, vencido ayer martes veinticinco (25) de abril el término establecido en providencia que antecede al orden 27 del Esav, para subsanar la demanda de revisión. No hubo pronunciamiento», circunstancia que, de conformidad con lo establecido en el artículo 90, en concordancia con el inciso 2º del canon 358 del Código General del Proceso, impone el rechazo del libelo introductor. Radicación n° 11001-02-03-000-2021-03286-00 En consecuencia, la suscrita Magistrada de la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil y Agraria, RESUELVE: PRIMERO. RECHAZAR la demanda de revisión instaurada por el ciudadano Federico Donado. SEGUNDO. No hay lugar a la devolución de los anexos por haber sido adosados en formato digital. Archívense las diligencias, previas las constancias de ley.

Notifíquese,

HILDA GONZÁLEZ NEIRA

Magistrada 2 Firmado electrónicamente por Magistrado(a)(s): Hilda González Neira Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en artículo 103 del Código General del Proceso y el artículo 7 de la ley 527 de 1999

Código de verificación: 218FC1B5208C0BAF6D9DEE5F34E20CF905DF5099D41ACA18EA21EAE050657C6B Documento generado en 2023-05-03

Consultar sobre este documento ...