CSJ - AC13-12-1967
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - AC13-12-1967
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Civil
- Año
- 1967
0821 aora OREE, SUPREMA DE JUSDICIA, rm mue SALA, DE CASAQIOOIV!IE once Bogotá, D. Bis, diciembre trece de mil novecientos sesenta y sieteo El señor Numa Antonio Montcada Higuera demandó ante el Juez Primero Civil del Círcuito de Bucaremanga a los señores Josué Manuel Eurípidos, Ofelia, Waría del Roserioy Olga Encarna ción, Manuel José y Roberto Ezéquiel Higuera, en £u cálidad de herederos del difunto Bzequiel Higuera Carvajal, para ques en sentencia dictada por la vía ordinerig, se declarara que el des mendante es hijo natural y herederdoe l nombrado causante Ezequiel Higuera Carvajal, Los demandados Ofeliaz Manuel José, José Manuel Burípides, María dex Rosario y Olga Encarnación Higuera confirie» ron poder al Dr, Báidomero Remón L. para que los representara en este juicio. Di Dr. Remón dio respuesta a la denenéa, se opuso a las pretensiones del actor y negó la mayoría de los hochoBs Más tarde el denendante presentó una partida de de» función del demandado Roberto Esequiel Higuera y con base én ella reformó la demanda en el sentido de dirigirla contra los heredo ros del mismo Roberto Ezequiel Higuera, Y cono tales herederos no eran conocidos, el propio actor pidió que se los emplazara, lo que en efectos e ordenó y llovó a cabo. No habiéndose presen tado al "Juicio estos herederos emplazados, el Juez les designó NÓ
0822 curador 24 liton, designación que recayó en el pr. Ciro 3, Taras g20na, quien también contestó la demanda y 8e opuso a ella, El primer grado del juicio concluyó con la sen» tencia de 24 de septiembre de 1965, por la cual se declaró que el actor Numa Antonio Moncada es híjo natursl y heredero del extinto Ezequiel lliguera Carvajal. Contra esta sentencia epeló el Dr, Baldomero Renón, apoderado de varios de los demandados, pero no el pr, Ciro E, Parazona y, curador de los herederos del demandado Roveorto Esequiel Higuera. En segunda instancia el PTríbunal Superior del Dis. btrito Judicial de Bucafamanga, considerando que el nombrado Dr, Tarazona había entrado a desempeñar funciones en la rama judicial, - dlspuso sustituirlo por el Dr, Miguel Frenciseo Narvaés Obregón en el cargo de curador ad _litem de los herederos del nombrado Ro» berto Ezequiel Higuera, For sentencia de 26 de agosto de 1966, el Tribunal confirmó la de primer grados Contra dicho fallo interpusieron el recurso de casación los Drs. Baldomero Ramón y Miguel Francisco Narvaéz Obrógón, Concedido dicho recursos se remitió el negocio a la Corte, donde también-se admitió tal TSCcurso., Corrido al Dr. Narvaés Obregón el traslado del cas _S0s dejó transcurrir el término que se le otorgó sin presentar la demanda correspondiente. | Somo queda visto, el primer curador 24 litem de
los herederos del demandado Roberto Ezoquiel Higuera, Dr. Tarazow nay no apeló de la sentencía de Primer grados no obstante esta circunstancia, el segundo curador d9o los mismos heredgroo intor» puso recurso de casación contra el fallo de segundo. instancia. Tal recurso le fue concedido y luego edmitido, pero el recurrente no presentó la demanéa que le correspondía. Por tanto, es del cn. so dar aplicación a lo prescrito por el arte 65 del Dgcrete 528 de 1964, declarando desierto dicho recurso. Por lo expuesto la Corte Suprema de Justicia, Sala 0823 de Casación Qivil, DECLARA DESIERTO el recur» so de casación que se. le otorgó y admitió al Dr, lfíguel Prancisco Narvaéz Obregón, curador 24 _litem de los herederos del demandado Rober to Bzequiel Higuera; contra la sentencia de volmtiebdis de agosto de mil novecientos sesensw ta y seis, dictada en esté juicio por el Tribunal Superior del Distrith Judicial de Bucaramanga. | Cópiose, y notifíquese, Gustavo Pájardo Pinzón -— Flavio Cabrera Dussán ignacio Gómez Posse Guillermo Ospina Fernández Enrique López áe la Pava Enrigue 3. González = Conjueze Ricardo Ramírez L, e Secretario o. ES y Ts