🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

CSJ - AC1322-2020

Corte Suprema de Justicia

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
CSJ - AC1322-2020
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Civil
Año
2020

República de Colombia Corte Suprema de Justicia Sala de Casación Gil AC1322-2020 Radicación n.° 11001-02-03-000-2020-00831-00 Bogotá, D. C., seis (6) de julio de dos mil veinte (2020). Sería del caso resolver el conflicto de competencia suscitado entre la Superintendencia Financiera de Colombia Delegatura Para Funciones Jurisdiccionales y el Juzgado Segundo Civil Municipal de Santa Rosa de Cabal 7 (Risaralda), para conocer de la acción ejecutiva promovida por Carlos Eduardo Marín Zapata contra el Banco Agrario de Colombia S.A., si no fuera por las siguientes razones:

1. Precisase que la Corte carece de facultad para dirimir este conflicto de competencia, por cuanto dicha colisión involucra una autoridad judicial permanente y una administrativa que excepcionalmente ejerce funciones jurisdiccionales, ambas con jurisdicción en el mismo circuito judicial, para cuya solución hay unas reglas especiales.

En efecto, de conformidad con el inciso 5 del articulo 139 del Código General del Proceso «fc]uando el conflicto de . Radicación - 11001-02-03-000-2020-00831-00 competencia se suscite entre au toridades administrativas que desempeñen funciones jurisd iccionales, o entre una de éstas y un juez, deberá resolverlo el superior de la autoridad judicial desplazado». En este caso se ha instado a esta Corte, para pronunciarse sobre el conflicto originado entre la Superintendencia Financiera de Colombia Delegatura Para Funciones Jurisdiccionales, ente ndida como la autoridad

que desplazó al juez de categoría municipal de la misma localidad, como consecuencia de su conocimiento a «prevención (parágrafo 1%, artícu lo 24 del Código General del Proceso y canon 57 de la ley 1480 de 2011); adicional a esto, el factor cuantía anduvo f acifico en esa discusión, como también el territorial. Así las cosas y como quiera que la Superintendencia Financiera de Colombia Delegatura Para Funciones Jurisdiccionales que aquí se pron unció, pese a que tiene su sede principal en Bogotá, reci e asuntos de diferentes regiones del país, ejerce jurisdio ción en todo el territorio nacional y sus decisiones surte n efectos en el lugar de origen como aquí aconteció frent e a Santa Rosa de Cabal (Risaralda), por consecuencia, el conflicto emerge entre dos autoridades del mismo territorio y categoría, de donde la colisión debe ser dirimida por el superior funcional inmediato de ambos, el Juez Cil vil del Circuito de Santa Rosa de Cabal (reparto), a quien se remitirá las presentes diligencias a fin que provea sobre el particular, Radicación n.° 11001-02-03-000-2020-00831-00 DECISIÓN Con base en lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil, declara que el competente para dirimir el conflicto suscitado es el Juez Civil del Circuito de Santa Rosa de Cabal (reparto), al que se le enviará de inmediato el expediente. Comuníquese esta decisión al estrado judicial involucrado en el conflicto y a la Superintendencia

Financiera de Colombia Delegatura Para Funciones Jurisdiccionales, para lo cual se les remitirá una copia de esta providencia para los fines a que haya lugar. Notifiquese.

AROLDO WILSON/QUIROZ MONSALVO

Consultar sobre este documento ...