CSJ - AC154-2004 [01175-01]
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - AC154-2004 [01175-01]
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Civil
- Año
- 2004
C O R TE S C R R E MA DE . j y S T O fA
Sala de Casacion Civil Bogota D. C, cuatro (4) de agosto de dos mil cuatro (2004).
Ref: Expediente No. 01175-01
En ejercicio del derecho de peticion solicita la demandante informacion sobre dos aspectos relativos al tramite del recurso de casacion que viene surtiendose dentro del presente asunto. Asi, indaga acerca de cuando se cumplira el termino para proferir la sentencia y, por sobre todo, si en el caso, atendida su condicion de madre cabeza de familia, razon por la que a voces del articulo 43 de la Carta Politica y de otras disposiciones amerita una proteccion especial, el cumplimiento de los terminos para tal efecto son perentorios. El derecho de peticion, como es sabido, no opera en tratandose de actuaciones judiciales; luego, bajo ese entendido, la respuesta debe darse con mira en las normas de procedimiento que atanen al caso; y justamente con estribo en tales previsiones es que surge nitido como la informacion inquirida no puede ser suministrada cual viene pidiendose, pues refiere a cuestiones que no encuadran dentro de ninguna de las hipotesis contempladas en el articulo 116 del codigo de procedimiento civil. mav. exp. 1175-01 2 No sobra recordar, sin embargo, que la Corte, en el proposito de conjurar los efectos de la congestion que genera la voluminosa carga de asuntos que atiende, ha empezado a aplicar algunas medidas tendientes a evacuar el mayor numero de procesos, lo que por obvias razones ha de incidir en la celeridad con que se decida el caso. Notifiquese. nuel Isidro Ardila Velasquez '