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CSJ - AC18-09-2012

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - AC18-09-2012
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Civil
Año
2012

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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN CIVIL

Bogotá, D.C., dieciocho (18) de septiembre de dos mil doce (2072).

Ref.: Exp. N° 1100102030002012-01904-00

Se rechaza, artículo 695-2 del Código de Procedimiento Civil, la anterior solicitud de exequátur respecto de la sentencia de 31 de enero de 2011, proferida por el Juzgado Segundo de Niñez y Adolescencia de ciudad de Panamá, República de Panamá, mediante la cual se decretó la adopción de la menor XXXXXX, por la razón siguiente: No acreditó que el fallo objeto de homologación se encuentre ejecutoriado de conformidad con la ley del país de origen, según lo exige el numeral 3° del articulo 694 del Código de Procedimiento Civil. Se reconoce al abogado Alvaro Yaruro Reyes como apoderado judicial de Mónica López González, en los términos y para los fines del poder conferido. 3.- Se ordena devolver los anexos de la demanda, sin necesidad de desglose. 1(.( \ \ 7 5 (1 E;e u or ada esta pros /ideal a ; se archh•f7:.,!'a aa acti. f.Lquase palotz ./ci-jt FERNANDO GIRALDO GUTIÉRREZ Magistrado f.7):p.tvCO FGG.

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