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CSJ - AC18-10-1968

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - AC18-10-1968
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Civil
Año
1968

0580 CORTE SUPREWA DB JUSPICIAS SALA. DB CASACION CIVILS: Bogotá, octubre diez y ocho de mil novecien= tos sesenta y ocho. (Aprobado según acta No. 81 de fecha 16 de los corrientes). El fribuñsl Superior del Distrito Judicial de Bogo» : tá remite a la Corte para ofectos del recurso de casación, la e vontengía de fegha 3 de abril próximo pasado, proferida pór ese tribunal én el Juicio de separación de biénés seguido por Isabel Cáceres de Reina corítra Antonidoo Reina Rodríguez 4 Péres. Este juicio fué iniciado y seguido como espectal «e por el trámite regulado en el título XX del Libro Segundo del = (ódigo Judicial. El artículo 17 de la ley 16 de 1968, que sústituyó 01 50 del decreto 528 de 1964, no incluyó. entre las gentencias de vogunda instancia proferidas por lós tribunales superiores de dls trito Judicial susceptibles de recdeu carsacsióno, las dictadas or juicios especiales de separagiónde bicnes. Por tanto,: losAgación áo la 3Ó7 86 virtud 86 lo dlopusato en el , artíclo. 42 do la mions, ls cual fue publicada en sl Diario Oficial nímos ro 324674 6 28 4o mareo últino. Como la sentencia dul Tribunal de Bogotá profozién en $l presente juicio especial so de focha 3 de abril del prÓSOn= to año) es áécir, 0aD bajo la vigéncia del nuevo cotatuto, reeulta que contel rdaich o prenunciemineo nhtabeía lugar al ro= duro de casación, ouya cquivocala conceción por el Tribunal no lo úa a la Corte competencia para conocer de aguato. que la 1loy no Lo atritayo. | | En márito do lo anteriormente expuesto, la Corte Su= prons de Justicia, Gala do Casación CávIl, declara JMADUIBIBIA 61 reguneo de casación interpuesto en el prosante negocio y dis» pone devolvór el expediente al tribunal de orágeo - Cópicac)notifíquevsy oúnplasa.

BURIQUE LOPBS DB 1A PAVA. FLAVIO CABRERA DUSGAN.

GUSTAVO PAJARDO PLUZO,

OESAR GOMEZ BBPRADA o

IGNACIO GOMBZ FOSMB, BRMO OBPÍNA PERNANDSS o

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