CSJ - AC1807-2023
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - AC1807-2023
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Civil
- Año
- 2023
AC1807-2023 Radicación n° 11001-02-03-000-2023-01609-00 Bogotá D.C., veintinueve (29) de junio de dos mil veintitrés (2023). De conformidad con el informe secretarial que antecede1 y verificado que el extremo activo no subsanó el escrito inicial de acuerdo con las exigencias previstas en auto del 30 de mayo de 20232, el suscrito Magistrado de la Sala de Casación Civil y Agraria de la Corte Suprema de Justicia, resuelve: PRIMERO. RECHAZAR la demanda de la referencia. SEGUNDO. DEVOLVER los anexos de la solicitud de exequátur sin necesidad de desglose, en consonancia con el artículo 90 del Código General del Proceso.
NOTIFÍQUESE.
FRANCISCO TERNERA BARRIOS Magistrado 1 Consecutivo 5. Archivo 008Informe_secretarial. Expediente digital. 2 Consecutivo 3. Archivo 0006Auto. Expediente digital.
Firmado electrónicamente por: Francisco Ternera Barrios - Magistrado Fecha: 2023-06-29 Código de verificación: BF3763B4A8BA6351E47BCAC5099D9B512293B7FA239F86CEE07AFEF3BB18789C Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, (cid:13)(cid:10)conforme a lo dispuesto en artículo 103 del Código General del Proceso y el artículo 7 de la ley 527 de 1999