CSJ - AC1808-2023
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - AC1808-2023
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Civil
- Año
- 2023
AC1808-2023 Radicación n° 11001-02-03-000-2023-01789-00 Bogotá D.C., veintinueve (29) de junio de dos mil veintitrés (2023). De conformidad con el informe secretarial que antecede1 y verificado que la parte interesada no subsanó el escrito inicial de acuerdo con las exigencias previstas en auto del 31 de mayo de 20232, el suscrito Magistrado de la Sala de Casación Civil y Agraria de la Corte Suprema de Justicia, resuelve: PRIMERO. RECHAZAR la demanda de la referencia. SEGUNDO. DEVOLVER los anexos de la solicitud de exequátur sin necesidad de desglose, en consonancia con el artículo 90 del Código General del Proceso.
NOTIFÍQUESE.
FRANCISCO TERNERA BARRIOS Magistrado 1 Consecutivo 5. Archivo 0011Informe_secretarial. Expediente digital. 2 Consecutivo 3. Archivo 0009Auto. Expediente digital.
Firmado electrónicamente por: Francisco Ternera Barrios - Magistrado Fecha: 2023-06-29 Código de verificación: C36664789A1098CF1130794A59EFBD48917EC70F15406DA5822C66473EA952CB Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, (cid:13)(cid:10)conforme a lo dispuesto en artículo 103 del Código General del Proceso y el artículo 7 de la ley 527 de 1999