CSJ - AC1813-2025

Corte Suprema de Justicia

Icono de documento PDFDescargar PDFDisponible

Detalles

Título
CSJ - AC1813-2025
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Civil
Año
2025

AC1813-2025 Radicación n.° 11001-02-03-000-2025-00585-00 Bogotá, D. C., veintisiete (27) de marzo de dos mil veinticinco (2025). Mediante auto CSJ, AC1112-2025, se inadmitió la solicitud de exequátur elevada por Carlos Andrés Echeverry, para que en el término de cinco (5) días sub sanara las deficiencias advertidas en misma providencia. Según la constancia secretarial que antecede, el lapso otorgado para subsanar esos defectos venció en silencio, sin que el interesado realizara ninguna manifestación. DECISIÓN En mérito de lo expuesto, el suscrito Magistrado de la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil, Agraria y Rural, RESUELVE PRIMERO. RECHAZAR la demanda de exequátur presentada por Carlos Andrés Echeverry.Rad. n.° 11001-02-03-000-2025-00585-00 2 SEGUNDO. Sin necesidad de devolución de anexos en virtud de la presentación digital de la solicitud. Archívense las diligencias, previas las constancias de ley. Notifíquese y cúmplase,

FERNANDO AUGUSTO JIMÉNEZ VALDERRAMA

MagistradoFirmado electrónicamente por:

Fernando Augusto Jiménez Valderrama Magistrado Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en artículo 103 del Código General del Proceso y el artículo 7 de la ley 527 de 1999 Fernando Augusto Jiménez Valderrama Magistrado Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en artículo 103 del Código General del Proceso y el artículo 7 de la ley 527 de 1999

Código de verificación: C563B3A099B527A387CE5800069BCCC36987CFC1F63689899E7E409530C4414A Documento generado en 2025-03-27

Consultar sobre este documento ...