CSJ - AC1906-2015
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - AC1906-2015
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Civil
- Año
- 2015
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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN CIVIL
JESÚS VALL DE RUTÉN RUIZ Magistrado ponente AC1906-2015 Radicación n”. 11001-02-03-000-2015-00206-00 Bogotá, D.C., dieciséis (16) de abril de dos mil quince (2015) Procede la Corte a decidir sobre la admisibilidad de la demanda instaurada por Rubinsney Cardozo Ruiz, mediante la cual pretende obtener el exequátur para la sentencia de 23 de julio de 2007, dictada por el Juzgado Oficial de Lucerna — Rural, Cantón de Lucerna, Suiza, en el proceso de divorcio del matrimonio contraido entre la solicitante y Philippo Carlo Calzimiglio, a cuyo propósito se considera: Por auto de 27 de marzo de 2015 (fls. 15 y 16), este Despacho inadmitió la solicitud de marras a efectos de que fueran subsanados por la demandante -so pena de rechazounos defectos formales. Sin embargo, como lo informa la Secretaria de la Sala!, vencido el término de cinco (5) días concedido en el proveido aludido, la actora no atendió los requerimientos contenidos en el mismo, lo cual impone el rechazo de la presente 1 Folio 18 Radicación n”. 11001-0203-000-2015-00206-00 demanda de exequátur, conforme lo prevé el numeral 2 del
artículo 695 del Código de Procedimiento Civil. Por consiguiente, de conformidad con los artículos 85 y 695 ídem, se RECHAZA la demanda de exequátur de que se ha hecho mérito en la parte inicial de esta providencia, en cuanto no fuera subsanada. Devuélvanse los anexos sin necesidad de desglose. Notifíquese y cúmplase. —
JESÚS VALL DE RUTÉN RUIZ
Magistrado