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CSJ - AC2029-2014

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - AC2029-2014
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Civil
Año
2014

República de Colombia Corte Suprema de Justicia Sala de Casación Civil

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN CIVIL

FERNANDO GIRALDO GUTIÉRREZ

Magistrado Ponente AC2029-2014 Radicación n° 11001-31-03-035-2007-00601-01 (Aprobado en sesión de veintitrés de abril de dos mil catorce) Bogotá D.C., veintitrés (23) de abril de dos mil catorce (2014). Se procede a dictar la decisión que corresponde frente al impedimento expresado por el Honorable Magistrado Álvaro Fernando García Restrepo para conocer del recurso extraordinario de casación de la referencia.

I. ANTECEDENTES 1.- Mediante auto de 8 de abril de 2014 el Honorable Magistrado se declaró impedido para intervenir en este asunto, con base en la causal prevista en el numeral 2º del artículo 150 del Código de Procedimiento Civil.

Radicación n° 11001-31-03-035-2007-00601-01 2.- Lo sustenta en que «mi cónyuge, la doctora Luz Stella Roca Betancur, conformó la Sala Civil de Descongestión del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá que profirió el fallo de segunda instancia objeto del recurso extraordinario de casación» (folio 59).

II. CONSIDERACIONES 1.- Las normas procesales contemplan la posibilidad de que el funcionario encargado de resolver un pleito, ya se trate de juez singular o plural, sea retirado de su conocimiento en caso de que se vislumbren circunstancias que puedan afectar los principios de imparcialidad e

independencia que lo rigen. 2.- Entre las causales de recusación y, por extensión, de impedimento, señaladas en el artículo 150 del Código de Procedimiento Civil, el numeral 2° se refiere a “[h]aber conocido del proceso en instancia anterior, el juez, su cónyuge o alguno de sus parientes indicados en el numeral precedente”. 3.- De la revisión del plenario se advierte que la cónyuge del Honorable Magistrado Álvaro Fernando García Restrepo suscribió la sentencia de 26 de marzo de 2012, proferida por la Sala Civil de Descongestión del Tribunal Superior de Bogotá, en el proceso ordinario de Carlos Humberto Chiriboga Erazo y María Mercedes Nieves de Chiriboga Limitada contra Eugen Benno Josef Blahout 2 Radicación n° 11001-31-03-035-2007-00601-01 Rodríguez y Claudia Mercedes Chiriboga Nieves, que está siendo atacada en esta impugnación extraordinaria. 4.- Quiere decir lo anterior que se configura el motivo de separación planteado. 5.- No hay lugar a designar conjuez para remplazarlo por cuanto subsiste el quórum requerido.

III. DECISIÓN En merito de lo expuesto la Corte Suprema de

Justicia, Sala de Casación Civil,

IV. RESUELVE Primero: Aceptar el impedimento manifestado por el Honorable Magistrado Álvaro Fernando García Restrepo dentro del proceso de la referencia y lo declara separado de su conocimiento.

Segundo: Continuar con el trámite pertinente.

Notifíquese

JESÚS VALL DE RUTÉN RUIZ

3 Radicación n° 11001-31-03-035-2007-00601-01

MARGARITA CABELLO BLANCO

RUTH MARINA DÍAZ RUEDA

FERNANDO GIRALDO GUTIÉRREZ

ARIEL SALAZAR RAMÍREZ

LUIS ARMANDO TOLOSA VILLABONA

4

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