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CSJ - AC2097-2022

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - AC2097-2022
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Civil
Año
2022

AC2097-2022 Radicación n.° 11001-02-03-000-2018-00037-00 Bogotá D.C., veinticuatro (24) de mayo de dos mil veintidós (2022).

1. El recurrente, con memoriales de 21 y 26 de mayo de 2021 (fls. 295-298) realizó diversas súplicas en relación con algunas de las probanzas obrantes a folios 198 a 276 del expediente. Sin embargo, a pesar de que con auto del 5 de noviembre de 2019 (fl. 278), se ordenó agregar al plenario y poner en conocimiento de las partes para su contradicción las pruebas de oficio decretadas con anterioridad -hoy materia de la petición-, ninguno de los extremos se pronunció dentro de la oportunidad conferida para el efecto, tal y como lo constató la Secretaría de la Sala en informe del 13 de noviembre de 2019 (fl. 280).

Por lo anterior, no se accede a la solicitud elevada por el demandante por ser extemporánea e improcedente. Sumado a que fue silente en la oportunidad procesal correspondiente para contradecir los medios de convicción.

2. Por otra parte, se niega el interrogatorio de parte y los testimonios por inconducentes e impertinentes. Ello Radicación n.° 11001-02-03-000-2018-00037-00 pues, distan de la finalidad del recurso extraordinario, del sustrato fáctico de las causales especificas esgrimidas y de la naturaleza misma del proceso primigenio -ejecutivo-.

3. Ejecutoriada la presente providencia, ingrese el expediente al Despacho para resolver lo que en derecho

corresponda. Notifíquese y cúmplase,

FRANCISCO TERNERA BARRIOS

Magistrado Firmado electrónicamente por Magistrado(a)(s): Francisco Ternera Barrios Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en artículo 103 del Código General del Proceso y el artículo 7 de la ley 527 de 1999

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Documento generado en 2022-05-23

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