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CSJ - AC211 22-07-1997

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - AC211 22-07-1997
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Civil
Año
1997

22)

3. CA Ñ COLOMBIA A, Jasticia + Who e 11

000108 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACION CIVIL Y AGRARIA Santafé de Bogotá, veintidos (22) de julio de mil novecientos noventa y siete (1997). Expediente No. 6101 Como se sabe, uno de los fines que con este recurso extraordinario persigue la impugnante es que se declare la nulidad del proceso porque alega que su vinculación al mismo fue anómala. Y también es sabido que al tiempo en que él se presentó, esa misma petición anulatoria ya había sido acogida por el juzgado que conoce del proceso, sólo que su firmeza pendía de la apelación entonces interpuesta por la parte ejecutante. Sábese ahora que el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santafé de.Bogotá desató la alzada confirmando dicha decisión anulatoria y ordenó, subsecuentemente, que se renovara toda la actuación procesal, de la cual no quedó a salvo sino las notificaciones realizadas respecto de los otros ejecutados diferentes de la aquí recurrente (folios 189 y siguientes de este cuaderno). Por manera que si la sentencia dictada en aquel proceso, la misma que acá es atacada en revisión, está hoy declarada nula, síguese necesariamente que el trámite de este recurso extraordinario ha quedado sin objeto, y carece de sentido su prosecución. Lo racional y lógico en tal caso, pues, es dar por concluido el trámite de la revisión, por sustracción de materia.

“JLICA DE COLOMBIA

000109 2 Por lo expuesto, se resuelve: acorde con las motivaciones precedentes, por sustracción de materia no es posible continuar con el trámite de este recurso extraordinario de revisión. Por lo mismo, declárase terminado. Por consiguiente, devuélvase el expediente al tribunal de procedencia, excepto lo actuado en el trámite de la revisión, enterándolo, claro está, de lo decidido por este proveído. Notifíquese.

RAFAEL ROMERO SIERRA

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