CSJ - AC2455-2025

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - AC2455-2025
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Civil
Año
2025

AC2455-2025 Radicación n.º 11001-02-03-000-2025-01715-00

Bogotá, D.C., veinticuatro (24) de abril de dos mil veinticinco (2025).

Comoquiera que la demanda de revisión en referencia está dirigida contra lo resuelto por el Juzgado Tercero de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Neiva, en el proceso con radicado n.º 2019-00869, su conocimiento no corresponde a esta Corporación, sino a la Sala Civil Familia Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Neiva , de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31-4 del Código General del Proceso1.

Por consiguiente, el suscrito magistrado de la Sala de Casación Civil , Agraria y Rural de la Corte Suprema de

Justicia:

RESUELVE

PRIMERO. RECHAZAR, por falta de competencia, la demanda contentiva del recurso de revisión que formuló Ángel Arles Martínez Noguera, aduciendo su calidad de

1 «Los tribunales superiores de distrito judicial conocen, en sala civil : (…) 4. Del recurso de revisión contra las sentencias dictadas por los jueces civiles de circuito, civiles municipales y de pequeñas causas, y por las autoridades administrativas cuando ejerzan funciones jurisdiccionales ».Radicación n.º 11001-02-03-000-2025-01715-00 2 representante legal de Taxis Río S.A.S., contra lo resuelto en el proceso de la procedencia anotada.

SEGUNDO. REMITIR, por Secretaría, las presentes diligencias a la Sala Civil Familia Laboral del Tribunal

2 representante legal de Taxis Río S.A.S., contra lo resuelto en el proceso de la procedencia anotada.

SEGUNDO. REMITIR, por Secretaría, las presentes diligencias a la Sala Civil Familia Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Neiva, para lo de su cargo.

Notifíquese y cúmplase.

FERNANDO AUGUSTO JIMÉNEZ VALDERRAMA

MagistradoFirmado electrónicamente por:

Fernando Augusto Jiménez Valderrama Magistrado

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Código de verificación: 8AA5A6E67DAC442CD596FD396310A94420DC161301EBFF07F87D91BB162C9F3D Documento generado en 2025-04-24

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