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CSJ - AC2533-2015

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - AC2533-2015
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Civil
Año
2015

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN CIVIL

AC2533-2015 Radicación n 11001-02-03-000-2014-02139-00 Bogotá D.C., quince (15) de mayo de dos mil quince (2015). Como quiera que los curadores convocados mediante auto del 13 de febrero pasado no acudieron al ejercicio del respectivo encargo, se procederá a su reemplazo de conformidad con lo señalado en el inciso 2”, literal a, numeral 1 del articulo 9 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, para el emplazamiento de las personas indeterminadas, se designan otros tres (3) auxiliares de la justicia para que el primero de ellos que concurra a notificarse del auto admisorio de la demanda de revisión, ejerza el cargo de curador ad lítem de tales sujetos procesales.

Son ellos:

- ÑALEJANDRO NORIEGA SANTOS;

- HERNANDO RIVERA ROMERO; y

- ALBERTO ANGEL ROJAS LEAL.

No se fijan gastos provisionales, puesto que el recurrente se encuentra amparado por pobre. Por Secretaria, comuníquese esta decisión y procédase como corresponde. Notifiquese, Magistrado

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