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CSJ - AC26-11-1989 554

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - AC26-11-1989 554
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Civil
Año
1989

Mogistrado Ponente 5 ALBERTO OSPINA BOTERO Decfdese. el incidente de amparo de pobre Popisante por al rovisionista mediante ee scrit | sonalmente anto a Juez | Pro miscuo Municipal do Aputo (Cima) el ala 28 del pasado mes de Junto. Y ES 4 .- Victor Alberto: Arévalo, por conduc 20 de mandatario judiclal, - _la sentencia de fecha 25 de junio de 1997, orontinciada por el | >rtor del Distrito Jueicial de Bogots, en el proce 5a ción con títulos. hipoteca rlo y prendario que lastau + En la forma - que prevé el artículo o 161 del C. de P.C. se depre el amparo referido; solicitud a la que se le ha dado el trámito. pertins te conforme con do que > Sostiene sl de han quien pida que se tec concada 3 el amparo de pobreza, Que 10 8stá en condiciones económicas que le permitan prestar" ta caución que se le pueda señalar en el sub lite por encontrarse en can ómicas extremadamente precerias, pués carece de mínimo para atender su prepla subsistencia... SE CONSIDERA EN 1%.- Durante la etapa probatoria del pre m los siguientes prebanzas: a) Copla de la escritura 3 lito ca E 2 1489 del 3 de diciembre de 1981,d e la Notaría Catorce de Bogotá, - a Victor Alberto Arevalo por la que Ricardo Carrizosa A. vendo no que forma parte dé otro de mayor exten = sión denominado "La Cajita", situado en la voreda del mismo nom.

bre del iunicipio de La Palma (Cundinamarca), cuya identifica" ión $e hace en este documento, b) Copia « e la escritura pública 2772 del SS 9 de Julio de 1982, otorgada en la N tarta 29 del Círculo de Bode constitución: de un gravámen hipotecario sabre st Inmueble mencionado en la tetra anterior ya favor del Banco Ca nadero, €) Copia dal despucho comisario librado gor el Jusz 3% Civil del Circuito de Bogotá al Juez Civil Mu a pal de Bosa, D,E. para el secuestro de los siguientes plónes: | =1. Una máquir ncla y vendida en inglaterra, usada y reconstrulda, charón de 220 litros, con todolsos elemen o No 255607 sotor año 1976, 58 OF, xdelo $, marca Case, febricada 'en Francia en 1976, vendida un Inglaterra, usada y reconstrulda, modelo 53 of, con un cuchu rón de m0 lítros, ccoonn dos tos alementos básicos de operación y détaran na da asls motor MSSGOT-ARAAT!, serloCase, modelo 50 Of, año (978%, 3735058 marea "secusstro procticado. eb e de marzo de 1985 y en rotación con | los blenes a que se refiere el despad 20 comisorlo señalado en a an la que se dices Que a señor Y ICTOR ALBERTO ARE : VALO, Adentificado con la códula dá dadana núme:D ro > 105,009, . lia o ps presontar declaración de Renta y Patrimonio

a pu == _meral 1) y 1% numeral 1) respactivamente, EI kl presente solicitud a pedido del interesado sa la. Recaudación de Impuestos Maclonales de ed d —Apulo. hoy ocho 48) de agosto de mit novecientos ochenta ynueve (s39).- e Pod - f) Copla de la diligencia de secuestropracticada en La Palma (Cundinamarca) el $ de febrero de 1985 por el Juez Promiscuo Municipal de esta localidad respectodel! Inmueble a Que se reflaren las coplas de las escrituras pú- blicas a que se aludió én las letras a y b. . >. - 3) Copla de la certificación expedidapor la Oficina de R ntos Públicos de La Palma (Cundinamarca). h) Copla del auto del 7 de diciembre ed de 1983 proferido por. el Juzgado: Tarcoro Eivit Municipal de y e quí dentro del ajecutivo cón, tutos hipotecario Y Prenda rtadel. Banco G: nadero contro Victor A erto Arevalo Peñuela, y - del. Oficio no 0189 dirigido a Registrador de lostrir imentos Pú- biicos de La Palms, para el embargo del inmueble rural que - | forma parte del globo general de terrena conocido: con el hom bre de La Cajita, ¿ituado en da vereda del mismo Hombro, eenn Jurisdicción de La Palma. 7.- Despróndese de los elementos parTL y “0558 suasivos que se reseñaron es ates, que los bienes. de propiedad dol ravisionista se encuentras debidamente secuestrados. El4 predio quedé en manos del secuestro y los restantes bienes que daren depositados en Almagrarlo S.A., en fnanos del tafa debodega de esta entidad. o | También desprándese que. Victor Alber to Arévalo no es de las persanas ebligadas a presentar decla- - ración de renta y patrimonio a partir de 1987; por lo. que sur ge, como consecuencia necesaria, si sa examinan. en conjunto los probánzes allegadas,, que en verdad ta situación económica del demandante en revisión sl reviste la precariedad que éste señala en el escrito por el cual promueve el presente incidente, y, en consecuencia, deba quedar beneficiado con el amparoque solicita, | Por lo expuesto, la Corte conceda el am _ parod e pobreza pedida p r al revisionista Vict vato, quien se beneficiará de los efectos previstos en el art. 163 del €, de P.C., desde la presentación de su solicitud. Mo se la designa apoderado al amparado para actuar en el proce- $0, per cuanto ya lo designó con antertoridad, por su cuenta, ál interponer el recurso extraordinario de revisión.

COPIESE Y NOTIFIQUESE.

0559

ALBERTO OSPINA BOTERO

LUIS H. MERA BENAVIDES

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