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CSJ - AC264-2023

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - AC264-2023
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Civil
Año
2023

HILDA GONZÁLEZ NEIRA

Magistrada Ponente AC264-2023 Radicación n° 11001-02-03-000-2023-00064-00 Bogotá, D.C., catorce (14) de febrero de dos mil veintitrés (2023) El 31 de enero del cursante año se inadmitió la demanda de revisión presentada en el asunto de la referencia, para que se subsanaran las deficiencias formales puestas de presente en el mentado proveído, cuya notificación se surtió por estado del 1º de febrero siguiente. En constancia que antecede, la Secretaría de esta Sala informó que «(…) vencido ayer ocho (8) de febrero el término concedido en el auto inadmisorio visible al orden 3 de Ecosistema, para que la demandante corrigiera las fallas de su escrito, conforme allí le fue requerido. No lo hizo», circunstancia que, de conformidad con lo establecido en el artículo 90, en concordancia con el numeral 2º del canon 358 del Código General del Proceso, impone el rechazo del libelo introductor. En consecuencia, la suscrita Magistrada de la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil, RESUELVE: Radicación n. 11001-02-03-000-2023-00064-00 PRIMERO. RECHAZAR la demanda de revisión elevada por Ana Cecilia Santiago Martínez. SEGUNDO. No hay lugar a la devolución de los anexos por haber sido adosados en formato digital. Archívense las diligencias, previas las constancias de ley. Notifíquese y cúmplase,

HILDA GONZÁLEZ NEIRA

Magistrada 2 Firmado electrónicamente por Magistrado(a)(s): Hilda González Neira Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en artículo 103 del Código General del Proceso y el artículo 7 de la ley 527 de 1999

Código de verificación: 9F86AE9E83810FDE74763C49507B24332F6E40D4C9C5DEDABCC6F1025973F00A Documento generado en 2023-02-14

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