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CSJ - AC279-1996

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - AC279-1996
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Civil
Año
1996

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACION CIVIL Y AGRARIA

Magistrado Ponente: Dr. Jorge Santos Ballesteros

Santafé de Bogotá, D.C., quince (15) de octubre de mil novecientos noventa y seis (1996).

Referencia: Expediente No.6242

Como el desistimiento del recurso extraordinario de casación interpuesto por la parte demandada se presenta por su apoderado judicial debidamente facultado para el efecto, según los términos del poder que obra a fl. 24 del cuaderno uno, y el escrito contentivo del mismo reúne los requisitos exigidos por el art. 344 del C. de P.C. para esta clase de actos, se RESUELVE : Primero . Aceptar el desistimiento del recurso de casación interpuesto por la parte demandada contra la sentencia proferida por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cundinamarca, Sala de Familia, el 11 de Junio de 1996. Segundo. No se condena en costas, por existir acuerdo entre las partes sobre el punto ( Art. 345 C. de P.C. ).

NOTIFIQUESE

JORGE ANTONIO CASTILLO RUGELES

NICOLAS BECHARA SIMANCAS

CARLOS ESTEBAN JARAMILLO SCHOLSS

PEDRO LAFONT PIANETTA

JOSE FERNANDO RAMIREZ GOMEZ

RAFAEL ROMERO SIERRA

JORGE SANTOS BALLESTEROS

JSB. Exp. 2

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