🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

CSJ - AC2910-2026

Corte Suprema de Justicia

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
CSJ - AC2910-2026
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Año
2026

AC2910-2026 Radicación n.° 11001-02-03-000-2026-00840-00 Bogotá D.C., seis (6) de mayo de dos mil veinti séis (2026). Mediante auto del 17 de abril de 2026, se inadmitió la solicitud de exequátur presentada por Thomas Albert Webster Jr. , para que , dentro d el término de 5 días , subsanara las deficiencias advertidas en la misma providencia. No obstante, según la constancia secretarial que antecede1, dicho plazo venció sin que el interesado realizara manifestación alguna. Por lo anterior , resulta imperativo el rechazo de la demanda en aplicación de l artículo 90 del Código General del Proceso. DECISIÓN En mérito de lo expuesto , el suscrito Magistrado de la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil, Agraria y Rural, RESUELVE Primero. Rechazar la solicitud de exequátur presentada por Thomas Albert Webster Jr. , respecto de la 1 Archivo digital 0014Informe_Secretarial.pdfRadicación n.° 11001-02-03-000-2026-00840-00 2 providencia dictada el 31 de mayo de 2023 por el Octavo Tribunal Judicial del Distrito Judicial del Condado de Clark, Estado de Nevada. Segundo. En oportunidad, archívense las diligencias por Secretaría y déjese la constancia de rigor. Notifíquese y cúmplase

JUAN CARLOS SOSA LONDOÑO

MagistradoFirmado electrónicamente por:

Juan Carlos Sosa Londoño Magistrado Notifíquese y cúmplase

JUAN CARLOS SOSA LONDOÑO

MagistradoFirmado electrónicamente por:

Juan Carlos Sosa Londoño Magistrado Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en artículo 103 del Código General del Proceso y el artículo 7 de la ley 527 de 1999

Código de verificación: DDADE02E4594EC91B8D28951B137F24E64F83398F0F617E2219AD422C594DA94

Documento generado en 2026-05-06

Consultar sobre este documento ...