CSJ - AC3122-2023
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - AC3122-2023
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Civil
- Año
- 2023
AC3122-2023 Radicación n.° 11001-31-03-012-2013-00200-01 Bogotá, D.C., veinticinco (25) de octubre de dos mil veintitrés (2023). Mediante providencia de 29 de agosto de 2023 se admitió el recurso de casación formulado por la convocante contra la sentencia de 23 de febrero de 2023, dictada en esta causa por la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá; asimismo, se corrió traslado por el término de 30 días, a fin de presentar la correspondiente demanda de sustentación. No obstante, durante ese lapso la parte impugnante permaneció silente. Así las cosas, al amparo de lo dispuesto en el artículo 343 del Código General del Proceso, el suscrito Magistrado de la Sala de Casación Civil, Agraria y Rural de la Corte Suprema de Justicia RESUELVE PRIMERO. DECLARAR DESIERTO el recurso de casación que interpuso Inversiones Moreno Acosta & Cía. S. en C. – en liquidación, contra la sentencia de fecha y procedencia anotadas. Radicación n.° 11001-31-03-012-2013-00200-01 SEGUNDO. ABSTENERSE de imponer condena en costas, por no aparecer causadas (artículo 365-8, Código General del Proceso). TERCERO. Ejecutoriada esta decisión, remítase lo actuado a la autoridad judicial competente. Notifíquese y cúmplase
LUIS ALONSO RICO PUERTA
Magistrado
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Documento generado en 2023-10-25