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CSJ - AC3122-2023

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - AC3122-2023
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Civil
Año
2023

AC3122-2023 Radicación n.° 11001-31-03-012-2013-00200-01 Bogotá, D.C., veinticinco (25) de octubre de dos mil veintitrés (2023). Mediante providencia de 29 de agosto de 2023 se admitió el recurso de casación formulado por la convocante contra la sentencia de 23 de febrero de 2023, dictada en esta causa por la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá; asimismo, se corrió traslado por el término de 30 días, a fin de presentar la correspondiente demanda de sustentación. No obstante, durante ese lapso la parte impugnante permaneció silente. Así las cosas, al amparo de lo dispuesto en el artículo 343 del Código General del Proceso, el suscrito Magistrado de la Sala de Casación Civil, Agraria y Rural de la Corte Suprema de Justicia RESUELVE PRIMERO. DECLARAR DESIERTO el recurso de casación que interpuso Inversiones Moreno Acosta & Cía. S. en C. – en liquidación, contra la sentencia de fecha y procedencia anotadas. Radicación n.° 11001-31-03-012-2013-00200-01 SEGUNDO. ABSTENERSE de imponer condena en costas, por no aparecer causadas (artículo 365-8, Código General del Proceso). TERCERO. Ejecutoriada esta decisión, remítase lo actuado a la autoridad judicial competente. Notifíquese y cúmplase

LUIS ALONSO RICO PUERTA

Magistrado

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Firmado electrónicamente por: Luis Alonso Rico Puerta Magistrado Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en artículo 103 del Código General del Proceso y el artículo 7 de la ley 527 de 1999

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Documento generado en 2023-10-25

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