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CSJ - AC3123-2023

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - AC3123-2023
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Civil
Año
2023

AC3123-2023 Radicación n.° 11001-02-03-000-2023-03791-00 Bogotá, D.C., veinticinco (25) de octubre de dos mil veintitrés (2023). Mediante providencia de 11 de octubre de 2023, se inadmitió la solicitud de exequatur elevada por Escolástico Galvis Fuentes, para que acreditara las normas que fueron aplicadas en el juicio donde se profirió la decisión que pretende homologarse, indicara el tipo de reciprocidad que existe entre la República de Colombia y el Condado de Harris del Estado de Texas (Estados Unidos de América) y aportara las pruebas que la respalden. Según la constancia secretarial1 que antecede, el lapso otorgado para subsanar esos defectos venció, sin que el interesado realizara ninguna manifestación. Por consiguiente, al amparo de lo dispuesto en el artículo 90 del Código General del Proceso, el suscrito Magistrado de la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil, Agraria y Rural, 1 De fecha 23 de octubre de 2023. Rad. n.° 11001-02-03-000-2023-03791-00 RESUELVE PRIMERO. RECHAZAR la demanda de exequatur presentada por Escolástico Galvis Fuentes. SEGUNDO. Devuélvanse los anexos al solicitante, sin necesidad de desglose. Cumplido lo anterior, archívense las actuaciones procesales, previas las constancias de ley. Notifíquese y cúmplase

LUIS ALONSO RICO PUERTA

Magistrado

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Firmado electrónicamente por: Luis Alonso Rico Puerta Magistrado Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en artículo 103 del Código General del Proceso y el artículo 7 de la ley 527 de 1999

Código de verificación: 94B5C6BCEC35E043A73F16ACEB4829B6D2C2B610B86C1E7CC54B6F9E912453D5

Documento generado en 2023-10-25

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