CSJ - AC335-2025

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - AC335-2025
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Civil
Año
2025

AC335-2025 Radicación n.° 11001-02-03-000-2024-04973-00 Bogotá, D.C., treinta (30) de enero de dos mil veinticinco (2025). Mediante auto CSJ AC7985-2024, 18 dic., se inadmitió la demanda de revisión elevada por Israel Merchán y Blanca Oliva Trujillo, para que superara las deficiencias advertidas en dicha providencia. Según la constancia secretarial que antecede, el lapso otorgado para subsanar esos defectos venció en silencio, sin que la parte interesada realizara manifestación alguna. Por consiguiente, al amparo de lo dispuesto en el artículo 90 del Código General del Proceso , el suscrito Magistrado de la Corte Suprema de Justicia, en Sala de Casación Civil, Agraria y Rural, RESUELVE PRIMERO. RECHAZAR la demanda de revi sión que Israel Merchán y Blanca Oliva Trujillo, formularon contra la sentencia de 3 de noviembre de 2022, Sala Civil Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué.Rad. n.° 11001-02-03-000-2024-04973-00 2 SEGUNDO. Devuélvanse los anexos a l solicitante, sin necesidad de desglose. Cumplido lo anterior, archívense las diligencias, previas las constancias de ley. Notifíquese y cúmplase.

FERNANDO AUGUSTO JIMÉNEZ VALDERRAMA

MagistradoFirmado electrónicamente por:

Fernando Augusto Jiménez Valderrama Magistrado Notifíquese y cúmplase.

FERNANDO AUGUSTO JIMÉNEZ VALDERRAMA

MagistradoFirmado electrónicamente por:

Fernando Augusto Jiménez Valderrama Magistrado Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en artículo 103 del Código General del Proceso y el artículo 7 de la ley 527 de 1999

Código de verificación: 605ED2BF7886EC05CD122B3C56879D2F05049D1AF6C71869922E16FC3A018C7B Documento generado en 2025-01-30

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