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CSJ - AC340-1995-5762

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - AC340-1995-5762
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Civil
Año
1995

0608 el CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACION CIVIL Santafé de Bogotá, catorce (14) de diciembre de mil novecientos noventa y cinco (1995). Con el fin de observar el cabal cumplimiento de los requisitos legales que para la remisión de expedientes consagra el artículo 132 del Código de Procedimiento Civil, se dispone que antes de decidir sobre la admisibilidad del recurso de casación ¡interpuesto por el demandante contra la sentencia de 17 de abril del año en curso, proferida por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santa Rosa de VYiterbo en este proceso ordinario promovido por Gustavo de Jesús Aranguren Amaya contra Flor María Corredor Bernal, se libren los siguientes oficios: a.- A la Secretaría del mencionado Tribunal para que ¡informe sobre la fecha en que puso a disposición de la empresa postal el expediente, para efectos del pago del porte, adjuntando la prueba respectiva; b.- A la Oficina Postal de Santa Rosa de Viterbo para que, así mismo, informe sobre las fechas 0609 2 de recibo del aludido expediente y de pago del porte, adjuntando la correspondiente prueba. Cúmplase.

RAFAEL ROMERO SIERRA

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