CSJ - AC3449-2016
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - AC3449-2016
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Civil
- Año
- 2016
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN CIVIL
AC3449-2016 Radicación n.” 68001-31-03-003-1999-00273-01 Bogotá, D.C., tres (3) de junio de dos mil dieciséis (2016).- Se admite la demanda presentada para sustentar el recurso extraordinario de casación que el demandado, GABRIEL MORENO CANCINO, ya fallecido, interpuso frente a la sentencia del 3 de diciembre de 2014, proferida por la Sala Civil — Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bucaramanga, dentro del proceso ordinario adelantado por la COOPERATIVA MULTIACTIVA DE TRABAJADORES Y EMPLEADOS DE LA EMPRESA DE TRANSPORTES GIRÓN LTDA., en contra del impugnante y en el que fueron aceptados como litisconsortes de la parte accionada, los señores ALBERTO FERNÁNDEZ PACHECO
y LUIS FERNANDO GARCÍA RAMÍREZ.
En consecuencia, se ordena correr traslado de dicho libelo a los opositores por el término de quince (15) días y en la forma establecida en el inciso 4% del articulo 373 del Código de Procedimiento Civil, así: en primer lugar, a la Cooperativa Multiactiva de Trabajadores y Empleados de la Radicación n. 68001-31-03-0031999-00273-01 Empresa de Transportes Girón Ltda., representada judicialmente por el doctor Oscar Humtberto Rodríguez León; y en segundo evento, a Alberto Fernández Pacheco ya Luis Fernando García Ramirez, cuyo apoderado es el abogado Mario Enrique Lancheros Maciías. Notifiquese y cámplase /”
ÁLVARO FEWÁ%GARCÍA
RESTREPO
Magistrado