CSJ - AC348-2025

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - AC348-2025
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Civil
Año
2025

AC348-2025 Radicación n.º 11001-02-03-000-2024-05515-00

Bogotá, D.C., treinta (30) z de enero de dos mil veinticinco (2025).

Comoquiera que la demanda de revisión en referencia está dirigida, en forma exclusiva, contra la sentencia que el 2 de agosto de 2019 profirió el Juzgado Once de Familia de Medellín, en la que homologó la resolución emitida por la Comisaría de Familia de la Comuna Dieciséis de esa ciudad en un trámite de restablecimiento de derechos (rad. n.º 201900523), su conocimiento no corresponde a esta Corporación, sino a la Sala de Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín , de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 32-3 del Código General del Proceso1.

Por consiguiente, el suscrito magistrado de la Sala de Casación Civil , Agraria y Rural de la Corte Suprema de

Justicia:

1 «Los tribunales superiores de distrito judicial conocen, en sala de familia: (…) 3. Del recurso de revisión contra las sentencias dictadas en asuntos de familia por los jueces de familia y civiles ».Radicación n.º 11001-02-03-000-2024-05515-00 2

RESUELVE

PRIMERO. RECHAZAR, por falta de competencia, la demanda contentiva del recurso de revisión que formuló Oscar Armando Atehortúa Martínez contra la sentencia de fecha y procedencia anotadas.

SEGUNDO. REMITIR, por Secretaría, las presentes diligencias a la Sala de Familia del Tribunal Superior del

Oscar Armando Atehortúa Martínez contra la sentencia de fecha y procedencia anotadas.

SEGUNDO. REMITIR, por Secretaría, las presentes diligencias a la Sala de Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín, para lo de su cargo.

Notifíquese y cúmplase.

FERNANDO AUGUSTO JIMÉNEZ VALDERRAMA

MagistradoFirmado electrónicamente por:

Fernando Augusto Jiménez Valderrama Magistrado

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