CSJ - AC3954-2026
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - AC3954-2026
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Civil
- Año
- 2026
AC3954-2026 Radicación n.° 11001-02-03-000-2026-01872-00
Montería., diecinueve (19) de junio de dos mil veintiséis (2026).
Mediante auto de 25 de mayo de 2026, se inadmitió la demanda de revisión presentada por Inversiones El Gurullo S.A., para que , dentro d el término de cinco ( 5) días, subsanara las deficiencias advertidas en la misma providencia. No obstante, según la constancia secretarial que antecede1, dicho plazo venció sin que la compañía interesada realizara manifestación alguna. Por lo anterior , resulta imperativo el rechazo de la demanda en aplicación de l artículo 90 del Código General del Proceso.
DECISIÓN
En mérito de lo expuesto , el suscrito Magistrado de la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil, Agraria y Rural,
1 Archivo digital. 0009Informe_Secretarial.pdf.Radicación n.° 11001-02-03-000-2026-01872-00
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RESUELVE
Primero. Rechazar la demanda presentada por Inversiones El Gurullo S.A., con la cual pretendió sustentar el recurso de revisión planteado frente a la sentencia dictada el 24 de febrero de 2025 por la Sala Civil Especializada en Restitución de Tierras del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Antioquia, en el proceso de esa misma especialidad promovido por Olga Eneria Negrete de Negrete y en el que aquella funge como opositora.
Segundo. En oportunidad, archívense las diligencias
Judicial de Antioquia, en el proceso de esa misma especialidad promovido por Olga Eneria Negrete de Negrete y en el que aquella funge como opositora.
Segundo. En oportunidad, archívense las diligencias por Secretaría y déjese la constancia de rigor.
Notifíquese y cúmplase
JUAN CARLOS SOSA LONDOÑO
MagistradoFirmado electrónicamente por:
Juan Carlos Sosa Londoño Magistrado
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