CSJ - AC4033-2026
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - AC4033-2026
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Civil
- Año
- 2026
AC4033-2026 Radicación n° 11001-02-03-000-2026-02457-00
Bogotá D.C., veintidós (22) de junio de dos mil veintiséis (2026).
De conformidad con lo previsto en el artículo 358 del Código General del Proceso, se INADMITE la demanda que contiene el recurso de revisión formulado por IVANAGRO S.A. con fundamento en la causal 2a del artículo 355, ibidem, contra la sentencia proferida el 3 de septiembre de 2024 por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín, en el proceso ejecutivo que se adelantó en su contra (Rad. n° 201900567-04), para que dentro del término de cinco (5) días subsane las siguientes falencias y omisiones:
1.- Especificar la fecha de ejecutoria de la sentencia recurrida, de conformidad con lo señalado en el artículo 302 del Código General del Proceso, teniendo en cuenta que en el acápite tercero de la demanda de revisión solo menciona la fecha en que fue proferida y notificada por estado. Allegar la respectiva constancia de ejecutoria.
2.- Como medida de dirección del proceso, se dispone que la subsanación de la deficiencia advertida se realice en Firmado electrónicamente por: Martha Patricia Guzmán Álvarez - Magistrada
Fecha: 2026-06-22 Código de verificación: 10A58F3E05B1034F5BC17CEE32B3236CAC1081DFC34E80FA484DD59CBE9D48DB Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en artículo 103 del Código General del Proceso y el artículo 7 de la ley 527 de 1999Radicación n° 11001-02-03-000-2026-02457-00 2 un nuevo escrito de demanda y en mensaje de datos o en medio electrónico (artículo 89 Código General del Proceso).
3.- Acreditar el envío de la nueva demanda y sus anexos a los convocados, junto con el escrito de subsanación, de conformidad con el inciso 4º del artículo 6º de la Ley 2213 de 2022.
Notifíquese,
MARTHA PATRICIA GUZMÁN ÁLVAREZ Magistrada Firmado electrónicamente por: Martha Patricia Guzmán Álvarez - Magistrada Fecha: 2026-06-22 Código de verificación: 10A58F3E05B1034F5BC17CEE32B3236CAC1081DFC34E80FA484DD59CBE9D48DB Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en artículo 103 del Código General del Proceso y el artículo 7 de la ley 527 de 1999