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CSJ - AC4052-2017

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - AC4052-2017
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Civil
Año
2017

RepdblicadeColombia CorteSupremadeJusIlela Salanlca鱒cleMc帥I AC4052−2017 Radicaci6nnol1001“02−03−000−2017“01205−00 Bogot岳 D.C.,Veintisiete(27)de junio de dos mil diecisiete(2017). Unavezagotadoelterminodetrasladodelademmda, dentrodelcual,laProcuradoraDelegadaparalaDefensade losDerechosdelaInfancia,laAdolescenciaylaFamiliase PrOnunCi6Sobrelaviabilidad delexequatur s01icitado,Sin requerirla prまctica de medios demostrativos(めlios31y 32),Se decidira.lo que correspondafrente alas solicitudes PrObatoriasrealizadasporlaparteconvocante: 1.Se tendrまn como documentos,de acuerdo con el meritoprobatorioquepuedaaslgnarSeles,losaportadoscon ellibelogenitor(fblios2a19). 2.Enrelaci6nconloso正ciosdeprecados,relativosala certi範caci6n de la existencia de convenios sobre el reconocimientorecIPrOCOdeprovidenciaspronunciadaspor autoridadesJurisdiccionales entre Espaha y Colombia; exhortoalc6nsuldeestetLltimoparaqueremitalasnormas que permitenla qecucidn de sentencias extra呵eraS de divorcio en ese palS;y el requerimiento ala emb勾ada Radicaci6nnollOO1−02−03−000−2017−01205−00 espa五〇la para que infbme sobre las disposiciones

aplicables al tramite de marras;nO Se aCCederまa estos Pedimentos,enaPlicaci6nalnumerallOdelarticulo78yel articulo173,loscualesprescriben,reSPeCtivamente,que: dArtituZo78.DeberleS de ZαS PαreeS y SuSl叫poderaaos.Son debe7℃S delas pa7七es y sus qpoderados∴..10.AbsterLerSe de SOlicitarねaljuezlaconSeCuCibndedocuTnentOSquedirect〔lmenteO por Tnedio del qercicio del derecho de peticien Tmbiere podido COnSeg班r A請を証o j73.Qpo巾(njdαdcs probαtoHαS‥.劇.材eZ Se abstendradeoIdenarlapracticadelaspmebasque,diTe(*amente OpOr Tnedio de de7℃Cho depeticidn,1調biempodido conseguirla parte quelas s〔溝cite,Saluo cuandola peticien no hubiese sido atendidq,loquedebeTtiac7℃ditarSeSuTnaTiaTnente…ル En el caso sub−lite,dado quelos documentos cuya COPlaSePretendeseanaLIhmadosalarbliaturapudieronser SOlicitadosdirectamenteporelinteresadoalasauto:ridades respectivas,nO eS POSible acceder a su decreto,Pu(〕S Para ello debi6 haberse probado,PreViamente,que fLlerOn requeridosynoseatendi6talsuplica,loquedescuく剃apor Su a:uSenCla.

Yesqueelnuevoestatutoimpusounacargaprocesal a los petentes,quienes deben colaborar con la administraci6ndejusticia,haciendotodaslasgestionesque esten asu alcance paraobtenerlas pruebas que soportan SuS alegatos,de suerte que no se sobrecarguen alos Organismos judiciales con trまmitesinnecesarios,Cuya Radicaci6nnollOO1−02−03−000−2017−01205−00 desatenci6nle acarrear呑una consecuencia adversa a sus intereses,COmO eSlanegativadeldecreto de tales medios SuaSOrlOS. En consecuencla,COmO Se anunClO,Se negaranlos medios de conviccidn sehalados por las razones mencionadas. 3.De o宜cio,en aPlicaci6n del articulo169ibidem, 0範ciese al Ministerio de Relaciones Exteriores con el Hn de que certiEque sientre Colombiay Espaha existe convenio SuSCritoparaelreconocimientorecIPrOCOdelassentencias dictadas por susJueCeS,Particularmente,en CauSaS matrimoniales,O Sihacenparte deuntratado multilateral sobreelmismotema. En caso de existir,Se Pide que remita copla del instrumentointemacionalconconstmciadevlgenCia. Not縦quese AROLDO oNQUIROzMONSALVo Magistrado 3

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