🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

CSJ - AC4066-2015

Corte Suprema de Justicia

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
CSJ - AC4066-2015
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Civil
Año
2015

~~~a&~

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN CIVIL

AC4066-2015 Radicación n° 11001-02-03-000-2014-02139-00 Bogotá D.C., veintidós (22) de julio de dos mil quince (2015). Por tercera vez y como qUIera que los curadores convocados mediante auto del 15 de mayo pasado no acudieron al ejercicio del respectivo encargo, se procederá a su reemplazo de conformidad con lo señalado en el inciso 2°, literal a, numeral 10 del artículo 9° del Código de Procedimiento Civil. En consecuenCIa, para el emplazamiento de las personas indeterminadas, se designan tres (3) auxiliares de la justicia para que el primero de ellos que concurra a notificarse del auto admisorio de la demanda de revisión, ejerza el cargo de curador ad lítem de tales sujetos procesales.

Son ellos:

SERGIO CAMARGO CHAPARRO;

LUIS ANTONIO PUERTO PARRAGA; Y

ARQUÍMENES MONTOYA MENDIVELSO.

No se fijan gastos provisionales, puesto que el recurrente se encuentra amparado por pobre. Por Secretaria, comuníquese esta decisión y procédase como corresponde. Notifiquese,

ÁLVARO FE

Magistrado

Consultar sobre este documento ...