CSJ - AC4106-2015
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - AC4106-2015
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Civil
- Año
- 2015
Ropiública de Colombia Z C 4 gí Conto Ayproma de Jussia
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN CIVIL
AC4106-2015 Radicación n” 85001-31-84-001-2008-00226-01 Bogotá, D. C., veinticuatro (24) de julio de dos mil quince (2015). En relación con la anterior solicitud, elevada en nombre del menor DIEGO ALEJANDRO CALA MARTHÁ, quien intervino en este asunto como litis consorte facultativo de la parte demandante, se concluye que NO HAY LUGAR A DISPONER PRELACIÓN ALGUNA para emitir la sentencia con la que se resuelva el recurso extraordinario de casación que el accionado interpuso contra el fallo de segunda instancia, por las siguientes razones: a) El presente proceso no corresponde a ninguno de los contemplados en el parágrafo del articulo 119 del Código de la Infancia y la Adolescencia, Ley 1098 de 2006. b) Dentro del curso de lo actuado, no se decretó medida cautelar alguna, menos a solicitud del demandado, que pudiera afectar la situación económica del citado menor.
Radicación n” 85001-31-84-001-2008-00226-01 En firme este auto, vuelva el expediente al Despacho, conservando el turno que tenía para el proferimiento del indicado proveido. Notifiquese y cámplase — /
ÁLVARO FERNAÑDO GARCÍA RESTREPO
Magistrado -