CSJ - AC4290-2026
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - AC4290-2026
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Civil
- Año
- 2026
AC4290-2026 Radicación n.° 11001-02-03-000-2026-02939-00 Bogotá, D.C ., dos (02) de julio del dos mil veintiséis (2026). Comoquiera que la parte actora guardó silencio dentro del término que se le concedió en auto CSJ AC3590-2026 (corregido en CSJ AC3900 -2026), para que subsanara su escrito incoativo 1, el suscrito Magistrado RECHAZA la solicitud de exequátur de la referencia. No se ordena desglose o devolución alguna, en tanto que los documentos se radicaron virtualmente. Archívense las diligencias, previas las constancias de ley. Notifíquese y cúmplase, FERNANDO AUGUSTO JIMÉNEZ VALDERRAMA Magistrado 1 Según se indicó en el informe secretarial visible en el consecutivo n° 8 del expediente digital.Firmado electrónicamente por:
Fernando Augusto Jiménez Valderrama Magistrado Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en artículo 103 del Código General del Proceso y el artículo 7 de la ley 527 de 1999
Código de verificación: 80D7378DA1CC4C7E50913FE2C4A8178FDC3140B36132DEE8BAEF780487D0B52C Documento generado en 2026-07-02