CSJ - AC5068-2015
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - AC5068-2015
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Civil
- Año
- 2015
Dpública de Colombia
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN CIVIL
AC5068-2015 Radicación n” 11001-02-03-000-2014-02139-00 Bogotá D.C., siete (7) de septiembre de dos mil quince 2.015). Por cuarta vez y como quiera que los curadores convocados mediante auto del 22 de julio pasado no acudieron al ejercicio del respectivo encargo, se procederá a su reemplazo de conformidad con lo señalado en el inciso 2%, literal a, numeral 1% del artículo 9 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, para el emplazamiento de las personas indeterminadas, se designan tres (3) auxiliares de la justicia para que el primero de ellos que concurra a notificarse del auto admisorio de la demanda de revisión, ejerza el cargo de curador ad lítem de tales sujetos procesales.
Son ellos:
- GUSTAVO NAVAS RUEDA,
Rad. No. 11001-02-03-000-2014-02139-00
- JESÚS MARÍA HUÉRFANO BARBOSA; y
- ALFREDO BOTÍA NIÑO.
No se fijan gastos provisionales, puesto que el recurrente se encuentra amparado por pobre. Por Secretaria, comuniquese esta decisión y procédase como corresponde. Notifiquese, "“
ALVARO F . OE GARCIAE RESTREPO
Magistrado