CSJ - AC5298-2015
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - AC5298-2015
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Civil
- Año
- 2015
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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN CIVIL
AC5298-2015 Radicación n.” 11001-02-03-000-2015-01803-00 Bogotá D.C., catorce (14) de septiembre de dos mil quince (2015). Decide la Corte sobre la admisibilidad de la petición presentada por la señora Flor Ángela Restrepo Salazar con el propósito de obtener la homologación de la «sentencia proferida por el Juzgado de Primera Instancia No. 1 de Valdemoro (Madrid-España)», mediante la cual se declaró disuelto por divorcio el matrimonio celebrado entre la solicitante y el señor Óscar de Jesús Cruz. Al respecto y en atención a lo preceptuado en el numeral 2% del articulo 695 del Código de Procedimiento Civil, deberá rechazarse el escrito principal si faltare alguno de los requisitos exigidos en los numerales 1% a 4% del artículo precedente». Por su parte, el numeral 3% del artículo 694 1bídem, establece como exigencia para dar trámite a este tipo de asuntos, que la decisión extranjera «se encuentre ejecutoriada, de conformidad con la ley del país de origen» y, de meodo particular, el articulo 1% del Convenio sobre Ejecución de Sentencias Civiles celebrado con España el 30 de mayo de