CSJ - AC5376-2021
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - AC5376-2021
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Civil
- Año
- 2021
AC5376-2021 Radicación n.° 11001-02-03-000-2020-02766-00 Bogotá D. C., dieciséis (16) de noviembre de dos mil veintiuno (2021). Se acepta el desistimiento del recurso extraordinario de revisión de Almacenes Éxito S.A. frente a la sentencia proferida por la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín el 23 de enero de 2019, dentro del proceso declarativo verbal adelantado por Julián Darío Arias Osorio contra la recurrente.
1. CONSIDERACIONES 1.1. Mediante memorial visible en la plataforma teams nombrado en el numeral 7 del expediente, contentivo de 3 folios, el apoderado judicial de la impugnante solicitó que se «acepte el desistimiento total e incondicional del recurso de revisión». 1.2. El artículo 316 del Código General del Proceso autoriza aceptar el desistimiento de recursos que provengan de las partes y a condenar en costas, a menos que se presente Radicación n.° 11001-02-03-000-2020-02766-00 alguna de las hipótesis que autoriza abstenerse de imponer esa obligación procesal. 1.3. Precisamente, el numeral 8º del artículo 365 ibidem establece que «sólo habrá lugar a costas cuando en el expediente aparezca que se causaron y en la medida de su comprobación». 1.4. En tal orden de ideas, por haber provenido el desistimiento de quien ostenta la calidad de mandatario judicial de la opugnante, facultado para ello, y por no existir evidencia
de la causación de costas (en razón a que ni siquiera se ha superado la fase de admisión de la demanda), resulta procedente aprobar la renuncia de las pretensiones extraordinarias sin imponer condena por ese rubro.
2. DECISIÓN En mérito de lo expuesto, la Sala de Casación Civil de la
Corte Suprema de Justicia,
3. RESUELVE: Primero: Aceptar el desistimiento del recurso extraordinario de revisión interpuesto contra la sentencia proferida por la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín el 23 de enero de 2019, dentro del proceso declarativo verbal, planteado por el abogado de Almacenes
Éxito S.A.
Segundo: Sin costas por las razones expuestas.
2 Radicación n.° 11001-02-03-000-2020-02766-00
Tercero: Por Secretaría de la Sala, devolver los anexos de la demanda, sin necesidad de desglose.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
FRANCISCO TERNERA BARRIOS
Presidente de Sala 3 Firmado electrónicamente por Magistrado(a)(s): Francisco Ternera Barrios Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en artículo 103 del Código General del Proceso y el artículo 7 de la ley 527 de 1999
Código de verificación: D7BD8C916D0F6E4FEEE806DD61DAAF20C61BD1B57A6AFFE13E9F069B43D88228
Documento generado en 2021-11-12