🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

CSJ - AC5458-2015

Corte Suprema de Justicia

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
CSJ - AC5458-2015
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Civil
Año
2015

República de Colomitia Corte Suprenia de Justicia S0:a de Casación Crvil

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN CIVIL

AC5458-2015 Radicación n” 11001-02-03-000-2015-02076-00 Bogotá, D.C., veintidós (22) de septiembre de dos mil! quince (2015). 1.- Se rechaza, articulo 695-2 del Código de Procedimiento Civil, la anterior solicitud de exequátur respecto de la providencia del Juzgado de Primera Instancia N 75 de Madrid, España, del 6 de octubre de 2006, mediante la cual se decretó el divorcio entre Régulo Antonio Rincón Botía y Sandra Patricia Triana Pinzón. Lo anterior, por cuanto no se aportó prueba de la ejecutoria de dicho pronmunciamiento de conformidad con la ley del país de origen, que sálo se acredita con el documento a que refiere el artículo 2? de la Ley 7 de 1908, mediante la cual se aprobó el Convenio suscrito entre Colombia y España el 30 de mayo de 1908, es decir, con el «certificado expedido por el Ministerio de Gobierno o de Gracia y Justicia, siendo la firma de estos legalizada por el correspondiente Ministerio de Estado o de Relaciones Exteriores y la de éste, a su vez por el agente diplomático respectivo, acreditado en el lugar de legalización. Radicación n 11001-02-03-000-2015-02076-00 2.- Se reconoce a la abogada Sandra Lucía Barriga Moreno como apoderado judicial de Régulo Antonio Rincón Botía, en los términos y para los fines del poder conferido.

3.- Se ordena devolver los anexos, sin necesidad de desglose. 4.- Ejecutoriada esta providencia, se archivará la actuación. Notifíguese nando Girol do 6…7Í,"Q¿,(E,Q_/,

FERNANDO GIRALDO GUTIÉRREZ

Magistrado

Consultar sobre este documento ...