🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

CSJ - AC5522-2014

Corte Suprema de Justicia

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
CSJ - AC5522-2014
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Civil
Año
2014

República de Colombia Corte Suprema de Justicia

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN CIVIL

AC5522-2014 Radicación n° 11001-31-03-008-2001-00877-01 Bogotá, D. C., dieciséis (16) de septiembre de dos mil catorce (2014).- Apreciado el contenido de los escritos presentados tanto por el apoderado de la parte actora, que aparece a folios 101 y 102 precedentes, como por el de la aseguradora demandada, que milita del folio 105 al 108 también de este cuaderno, se establece:

1. La documentación original y en copia que se dejó en poder del perito William Vivas Audor, recaudada en la diligencia de exhibición de documentos que como prueba se practicó los días 28 de septiembre y 3 de octubre de 2005, él la retornó al juzgado del conocimiento, al tiempo con la aclaración que hizo de su trabajo inicial.

2. Es dable entender que los documentos entregados a ASEGURADORA COLSEGUROS S.A., según lo informa su apoderado, fueron solamente los originales que exhibió, lo que era posible en tanto que de ellos existían copias cuyo cotejo y correspondencia efectuó el auxiliar de la justicia (art. 117, reglas 4ª y 5ª, C. de P.C.).

Radicación n.° 11001-31-03-008-2001-00877-01

3. En cuanto hace a las copias, no existe ningún fundamento legal que permitiera a cualquiera de las partes solicitar su entrega y, mucho menos, proceder a su retiro, toda vez que tales reproducciones, en su condición de

prueba documental, formaban parte del expediente y, por lo mismo, no podían separarse de él. Con esa comprensión de la situación, es del caso ORDENAR al Juzgado Octavo Civil del Circuito de Bogotá que a la mayor brevedad posible, ENVÍE a esta Corporación, en original y/o en copia, la TOTALIDAD de los documentos conseguidos en la indicada prueba, conforme la relación que de ellos se hizo. Ofíciese como corresponda, con remisión de copia de la sentencia dictada por la Corte en este asunto, de los memoriales de las partes atrás relacionados, de sus anexos, de este proveído y de las actas contentivas de la referida diligencia de exhibición de documentos. Notifíquese y cúmplase

ÁLVARO FERNANDO GARCÍA RESTREPO

Magistrado 2

Consultar sobre este documento ...