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CSJ - AC(5962) 30-04-1996

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - AC(5962) 30-04-1996
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Civil
Año
1996

Ade 72 coovuZó” CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACION CIVIL Y AGRARIA Santafé de Bogotd, treinta (30) de abril de mil novecientos noventa y seis (1996). Expediente No.5962 Teniendo en cuenta el informe secretarial que antecede, según el cual los demandados-recurrentes dejaron transcurrir el término del traslado sin presentar la demanda respectiva, y lo dispuesto en el inciso 30. del artículo 373 del Código de Procedimiento Civil, se declara DESIERTO . el recurso de casación por ellos interpuesto contra la sentencia de 22 de noviembre de 1995, proferida por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Manizales en este proceso ordinario promovido por Aleyda López Granada contra Luis Carlos, Margarita me ems María, Gloria Matilde y Beatriz Elena López Fernández, herederos de Agustin López Ospina, y cece — herederos indeterminados y los condena a pagar las costas del recurso. Tásense. Notifíquese.

RAFAEL ROMERO SIERRA

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