CSJ - AC6024-2025

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - AC6024-2025
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Civil
Año
2025

AC6024-2025 Radicación n.º 05266-31-03-002-2016-00509-01

Bogotá, D. C., diez (10) de septiembre de dos mil veinticinco (2025).

Mediante auto CSJ, AC8023-2024, se admitió el recurso extraordinario de casación que formularon los demandantes y los convocados Andrés Javier Castillo Aldana y Transportes Envigado S.A., frente a la sentencia de 17 de septiembre de 2024, proferida por la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín.

Así mismo, se corrió traslado a las citadas partes por el término de 30 días , a fin de que presentara n la respectiva demanda de sustentación.

Sin embargo, una de las recurrentes (Transportes Envigado S.A.) no atendió esa carga, conforme se indicó en el informe secretarial que antecede , razón por la cual , al amparo de lo dispuesto en el artículo 343 del Código General del Proceso, el suscrito magistrado de la Sala de Casación Civil, Agraria y Rural de la Corte Suprema de Justicia,Radicación n.º 05266-31-03-002-2016-00509-01 2

RESUELVE

PRIMERO. DECLARAR DESIERTO el recurso de casación interpuesto por Transportes Envigado S.A., contra el fallo de fecha y procedencia anotadas.

SEGUNDO. ABSTENERSE de imponer condena en costas, por no aparecer causadas (artículo 365, numeral 8, Código General del Proceso).

TERCERO. Ejecutoriado este auto, por Secretaría INGRESAR nuevamente las diligencias a este despacho, para

costas, por no aparecer causadas (artículo 365, numeral 8, Código General del Proceso).

TERCERO. Ejecutoriado este auto, por Secretaría INGRESAR nuevamente las diligencias a este despacho, para resolver lo que corresponda respecto de las demandas de casación que formularon los demás recurrentes en el sub-lite.

Notifíquese y cúmplase,

FERNANDO AUGUSTO JIMÉNEZ VALDERRAMA

MagistradoFirmado electrónicamente por:

Fernando Augusto Jiménez Valderrama Magistrado

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Documento generado en 2025-09-09

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