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CSJ - AC6281-2016

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - AC6281-2016
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Civil
Año
2016

REPÚBLICA DE COLOMBIA

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN CIVIL

AC6281-2016

Rad.: 73411-31-03-001-2009-00042-01

Bogotá D.C., veinte de septiembre de dos mil dieciséis. De conformidad con lo establecido en el tercer inciso del artículo 286 del Código General del Proceso, los errores por cambio de palabras que estén contenidas en la parte resolutiva de una providencia pueden ser corregidos por el juez que la dictó en cualquier tiempo, de oficio o a solicitud de parte, mediante auto. La provideñcía de 20 de septiembre de 2016, dictada en el proceso de la referencia, en virtud de la cual se rechazó de plano una solicitud de nulidad, incurrió en un error por alteración de palabras en su parte resolutiva. Por tal razón, se corrige la parte resolutiva del aludido auto, en los siguientes términos:

II. DECISION En mérito de lo expuesto se RECHAZA DE PLANO la solicitud de nulidad formulada por la parte demandada.

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