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CSJ - AC6512-2016

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - AC6512-2016
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Civil
Año
2016

RepdblicadeColombia ComSqpremaIleJusticia 5割anecasaelenc師1

LUISARMANDoToLOSAVILLABONA

Magistradoponente AC6512−2016 Radicaci6n n.ollOO1−02−03−000−2016−02332−00 BogotaD.C.,Veintiocho(28)deseptiembrededosmil dieciseis(2016). Se decidelo pertinente en cumto hace alrecurso de reposicidn fbrmulado por eldemandante contra elauto de 30de agosto de2016,a traVeS del cual seinadmiti6la demanda,dentro delproceso de exequatur promovido por Marino PereaHernandez. 1.ANTECEDENTES Expresainconfbrmidad el recurrente por cuanto en OPOrtunidadanteriorpresentdlademanda,yeStedespacho enlainadmisi6n entonces dispuesta no aユudi6 a nada relacionado con el apostillaje.Sila radic6 de nuevo y COrreSPOndi6 al mismo magistrado,eS Para aCelerar el PrOCeSOPOrqueyaCOrrlgidlosyerrospuestosdepresenteen aquellaocasi6n. 2.CONSIDERACIONES Radicaci6nnollOO1−02−03−022−2016−02332−00 2.1.Lanormatividadrelativaalprocesodeexequatur, al contrario de comolo hacia el C6digo de Procedimiento Civilparacuandoseadvirtiera年・)d印cierLCiaenlapruebadela existenciaodelar儲)reSentaCめndeldemartdanteodelapelSOnaque

enaquellasecita仁方(art.695,inc.30),nOPreVelainadmisi6n delademanda. Elarticulo607,numeralsegundo,delCddigoGeneral del Proceso,al determinarlas reglas a ser tenidas en cuenta,eStipula quela Corte rechazarala demanda si 細tare algunosdelosrequisitosexigidosenlosnumerales lOa40delarticuloprecedente. Peseadichosilenciodelaleyprocesalhoyvlgente,la Sala,materializmdo el debido proceso y el acceso ala administraci6n deJuSticia,le ha abierto camino ala inadmisi6n conla Hnalidad de o缶ecerle al demandantela posibilidad para que corrHalas deHciencias de sulibelo, distintas,Claro esta,delas que paraelrechazo ordenala norma en referencia,haciendo aplicacidn extensiva del articulo90,incisotercero,ibidem. 2.2.Comolainadmisidndelacualsedueleelactor se hizoenaplicaci6nextensivadelaludidoarticulo90,inciso tercero,el auto en rlgOr nO admitelaimpugnaci6n intentada,PueS talprecepto eslapidario alprescribir que PrOVeido de esetalante〝仁)nohSlsusceptiblederelCuTSOS上中 2.3.Iterase,la providencia a traves dela cual se inadmiti61a demmda de exequatur no es pasible del 2 Radicaci6nn。11001−02−03−022−2016−02332−00 recursoordinariointentado,yentLltimasdeninguno,PueS

el precepto en cuesti6nlo excluyo expresamente de ser SuSCePtibledecualquiermediodeimpugnaci6n. 2・4・Seimpone,entOnCeS,aPlicar el numeral Segundo delarticulo43ibideTn. 3.DECISION En merito delo expuesto,la Corte Suprema de Justicia,SaladeCasaci6nCivil, RESUELVE: Rechazar porimprocedente el recurso de reposicidn fbrmuladoporeldemandanteMarinoPereaHernandez. /

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