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CSJ - AC(6574) 21-03-1997

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - AC(6574) 21-03-1997
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Civil
Año
1997

se A - 114 70020) Ue forte Suprema de Jrsticia

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACION CIVIL Y AGRARIA

Santafé de Bogota, D.C., veintiuno (21) de marzo de mil novecientos noventa y siete (1997).

Ref: Expediente No. 6574

Decidese sobre la admisibilidad de ta demanda contentiva del recurso de revisión interpuesto por Elizabeth Cuellard e Guzmán contra la sentencia proferida el 19 de mayo de 1995 por el Juzgado 14 Civil del Circuito de Santafé de Bogotá dentro del proceso ejecutivo seguido por Eduardo León Aguilera Rodríguez contra Elizabeth Cuellar de Guzmán. El solo enunciado que se deja referido, pone a! descubierto que esta Corporación carece de competencia para asumir el trámite y la decisión del mentado recurso, toda vez que de ta revisión de sentencias como la que aqui se impugna, en tanto que proferida por un juzgado, está atribuida a los Tribunales Superiores de Distrito Judicial, según la clara preceptiva del art 26, num. 2, del Código de Procedimiento Civil. Y bien sabido es que la Sata de Casación Civil y Agraria de la Corte Suprema de Justicia sólo se ocupa de - REPUBLICA DE COLOMBIA “te Saprdee mJusatic ia recursos de revisión que no estén atribuidos a los Tribunales Superiores, según lo dispone el art. 25, num. 2 ejusdem. De suerte que si el falo aquí impugnado, fue proferido por el Juzgado 14 Civil del Circuito de Santafé de

Bogotá, la Corte no tiene competencia para revisarta por lo que la demanda se rechazará de plano por falta de competencia funcional. En razón a lo expuesto la Sala de Casación Civy iAgrlari a de la Corte Suprema de Justicia, RESUELVE : Rechazar ta demanda contentiva del recurso de revisión incoado por Elizabeth Cuellar de Guzmán contra la sentencia proferida el 19 de mayo de 1995 por el Juzgado 14 Civil del Circuito de Santafé de Bogotá dentro del proceso ejecutivo seguido por Eduardo León Aguilera Rodríguez contra Elizabeth Cuellar de Guzmán. Devuélvase a la pare interesada, sin necesidad de desglose, los anexos de la demanda. JSB. Exp. 6574 2

REPUBLICA DE COLOMBIA

Corte Suprema de Justicia Reconócese al Dr. Alfonso Tobón Londoño como apoderado judicial de la recurrente, señora Elizabeth Cuelar de Guzmán, en la forma, términos y para los fines del poder especial a él otorgado. NOTIFIQUESE Vos efacr3.

JORGE SANTOS BALLESTEROS

Magistrado JSB. Exp. 6574 3

REPUBLICA DE COLOMBIA

© Jorg fo $93.

JORGE SANTOS BALLESTEROS

Santafé de Bogotá, D.C., veintiuno (21) de marzo de mil novecientos noventa y siete (1997). La anterior providencia no la suscribe el doctor Jorge Antonio Castillo Rugeles por cuanto al momento de su discusión y aprobación se encon traba en uso de permiso.

L2 5 ar LINA MAR A/T ORRES GONZALEZ retária ee JFRG. EXP. 6570 6

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