CSJ - AC6927-2026
Detalles
- Título
- CSJ - AC6927-2026
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Civil
- Año
- 2026
AC6927-2026 Radicación n.º 11001-31-10-013-2024-00028-01
Bogotá, D.C., veintitrés (23) de octubre de dos mil veintiséis (2026).
El recurso de casación concedido por el ad quem reúne los condicionamientos legales previstos en el artículo 342 del Código General del Proceso, dada (i) la naturaleza del proceso1; (ii) la oportunidad en la interposición del remedio extraordinario2; y (iii) la legitimación del impugnante3.
En mérito de lo expuesto, el suscrito Magistrado de la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil, Agraria y Rural,
RESUELVE
PRIMERO. ADMITIR el recurso extraordinario de casación formulado por Marcela Herrera Campos , representante de la menor de edad I.N.H., frente a la
1 Se trata de un proceso de impugnación de la paternidad (artículo 334, numeral 1 y parágrafo, del Código General del Proceso). 2 El recurso fue presentado por la demandada el 10 de agosto de 2026 , esto es, en el cuarto día hábil siguiente a la fecha de notificación por estado de la sentencia de segundo grado (artículo 337 del Código General del Proceso). 3 Vencida en primera y segunda instancia, desatada en virtud de su apelación.Radicación n.º 11001-31-10-013-2024-00028-01
2 sentencia de 31 de julio de 2026, proferida por la Sala de Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá.
SEGUNDO. CORRER traslado por el término de
2 sentencia de 31 de julio de 2026, proferida por la Sala de Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá.
SEGUNDO. CORRER traslado por el término de treinta (30) días a la parte impugnante, a fin de que presente la respectiva demanda de sustentación.
Notifíquese y cúmplase,
FERNANDO AUGUSTO JIMÉNEZ VALDERRAMA
MagistradoFirmado electrónicamente por:
Fernando Augusto Jiménez Valderrama Magistrado
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Documento generado en 2026-10-23