CSJ - AC7069-2025
Detalles
- Título
- CSJ - AC7069-2025
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Civil
- Año
- 2025
AC7069-2025 Radicación n.° 11001-02-03-000-2025-04403-00
San Gil, nueve (9) de octubre de dos mil veinticinco (2025).
De conformidad con el numeral 3 del artículo 32 del Código General del Proceso, corresponde a las salas de familia de los tribunales superiores de distrito judicial conocer «del recurso de revisión contra las sentencias dictadas en asuntos de familia por jueces de familia y civiles».
En el presente caso, Blanca Lilia Arenas Mateus interpone recurso extraordinario de revisión contra la sentencia de 7 de septiembre de 2023, proferida por el Juzgado Promiscuo de Familia de Monterrey, Casanare, en el juicio de sucesión de María Bárbara Mateus Arenas (q.e.p.d.). De manera que, la competencia para conocer del mentado recurso extraordinario de revisión es de la Sala Única del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Yopal, por ser el tribunal superior funcional del Juzgado Promiscuo de Familia de Monterrey.
Por consecuencia, SE DISPONE:Radicación n.º 11001-02-03-000-2025-04403-00 2
1.- Ordenar la remisión, por competencia, del presente recurso extraordinario de revisión a la Sala Única del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Yopal, para que sea sometido al correspondiente reparto. La secretaría proceda de conformidad dejando las constancias del caso.
2.- Reconocer personería al abogado Hernán Manuel Negrete Benítez, como apoderado judicial de la recurrente en los términos del poder a él conferido.
Notifíquese y cúmplase.
2.- Reconocer personería al abogado Hernán Manuel Negrete Benítez, como apoderado judicial de la recurrente en los términos del poder a él conferido.
Notifíquese y cúmplase.
JUAN CARLOS SOSA LONDOÑO
MagistradoFirmado electrónicamente por:
Juan Carlos Sosa Londoño Magistrado
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Documento generado en 2025-10-09