CSJ - AC7209-2025
Detalles
- Título
- CSJ - AC7209-2025
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Civil
- Año
- 2025
HILDA GONZÁLEZ NEIRA
Magistrada Ponente
AC7209-2025
Radicación n° 11001-02-03-000-2025-03529-00
Bogotá, D. C., veinte (20) de octubre de dos mil veinticinco (2025).
Alberto Marulanda Gutiérrez , radicó solicitud de « revisión proceso incidente cobro honorarios », tendiente a que se ordene al Juzgado Once de Familia de Cali «revoque el auto calendado octubre 02 de 2024 », por ende, «tase y valore los honorarios debidos al abogado Guillermo Rengifo García , acorde con el cumplimiento de sus deberes profesionales, contemplados en el Contrato de Prestación de Servicios Profesionales» y sancione al abogado «por el ilícito de falsas imputaciones en su contra».
Bien pronto se advierte el rechazo de tal pedimento, porque el peticionario no acreditó el derecho de postulación que le permita actuar en causa propia, dado que el reclamo puesto a consideración de la colegiatura no se encuentra dentro de aquellos que permiten actuar en actuaciones judiciales sin ser abogado inscrito.
Adicionalmente, porque se trata de un asunto ajeno a la competencia que el artículo 30 de la nueva ley de ordenamiento civil le atribuye a esta Corporación , dado que el memorialistaRadicación n.° 11001-02-03-000-2025-03529-00
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persigue por vía de revisión la revocatoria de la providencia emitida por el estrado mencionado el 2 de octubre de 2024, mediante el cual se regularon los honorarios al abogado
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persigue por vía de revisión la revocatoria de la providencia emitida por el estrado mencionado el 2 de octubre de 2024, mediante el cual se regularon los honorarios al abogado Guillermo Rengifo García, determinación confirmada por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali con proveído de 26 de mayo de 2025, al estimar el peticionario que lo asentado allí «no es cierto y carece de plena veracidad (…) en el sentido de no haberle suministrado un solo peso y haberle revocado el poder al abogado Guillermo Rengifo García (…) porque de acuerdo a los medios de prueba recopilados se demuestra lo contrario », asunto por comple to ajeno a los que el legislador ha asignado a esta Corporación, quien no incluyó competencia para revisar las decisiones interlocutorias que se profieran en el curso de las instancias.
Consecuente con lo indicado, se Resuelve
Primero. Rechazar la solicitud de «revisión proceso incidente cobro honorarios» radicada por Alberto Marulanda Gutiérrez.
Segundo. Comuníquese esta decisión al peticionario a la dirección indicada en su solicitud.
Notifíquese,
HILDA GONZÁLEZ NEIRA
MagistradaFirmado electrónicamente por:
Hilda González Neira Magistrada
Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en artículo 103 del Código General del Proceso y el artículo 7 de la ley 527 de 1999
Hilda González Neira Magistrada
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Código de verificación: C0F1DC34461F19E8EA3C44DCC43E89254A5E8A2F48DE6A62F8E0D5A7B1102FEF Documento generado en 2025-10-20