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CSJ - AC7342-2024 [2024-04710-00]

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - AC7342-2024 [2024-04710-00]
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Civil
Año
2024

AC7342-2024 Radicación n.° 11001-02-03-000-2024-04710-00 Bogotá, D.C., tres (3) de diciembre de dos mil veinticuatro (2024). Mediante auto del 15 de noviembre de 2024, se inadmitió la demanda contentiva del recurso extraordinario de revisión formulado por Miguel Antonio Wilches para que se subsanaran las deficiencias formales advertidas, cuya notificación se surtió por estado del 18 de noviembre de 2024. Según la constancia secretarial que antecede el término concedido para dicha finalidad venció en silencio, por tanto, se impone el rechazo de la demanda, de conformidad con el artículo 90 del Código General del Proceso, en concordancia con el segundo inciso del canon 358 ibidem. En mérito de lo expuesto, la Magistrada Sustanciadora de la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil, Agraria y Rural,Rad. n.° 11001-02-03-000-2024-04710-00 2 RESUELVE PRIMERO. Rechazar la demanda contentiva del recurso extraordinario de revisión presentada por Miguel Antonio Wilches. SEGUNDO. Sin lugar a devolución de anexos por haber sido adosados en formato digital. Archívense las diligencias, previas las constancias de ley. Notifíquese

MARTHA PATRICIA GUZMÁN ÁLVAREZ

MagistradaFirmado electrónicamente por:

Martha Patricia Guzmán Álvarez Magistrada Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto

MARTHA PATRICIA GUZMÁN ÁLVAREZ

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Martha Patricia Guzmán Álvarez Magistrada Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en artículo 103 del Código General del Proceso y el artículo 7 de la ley 527 de 1999

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