CSJ - AC8837-2025
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - AC8837-2025
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Civil
- Año
- 2025
AC8837-2025 Radicación n.° 11001-31-99-005-2022-72216-01 Bogotá, D.C., cuatro (4) de diciembre de dos mil veinticinco (2025). El recurso de casación concedido por el ad quem reúne los condicionamientos legales previstos en el artículo 342 del Código General del Proceso, dada (i) la naturaleza del proceso1; (ii) la oportunidad en la interposición del remedio extraordinario2; (iii) la cuantía del interés para recurrir3, y (iv) la legitimación de la parte impugnante4. Por lo expuesto, la suscrita Magistrada de la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil, Agraria y Rural, RESUELVE PRIMERO. ADMITIR el recurso de casación formulado por la demandada frente a la sentencia de 18 de junio de 2025, dictada por la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, en el trámite verbal que promovió 1 Declarativo de responsabilidad civil por infracción de derechos patrimoniales de autor (artículos 334-1 y 368 del Código General del Proceso).2 El recurso fue presentado el 23 de julio de 2025, quinto día hábil siguiente a aquel en el que se notificó, por anotación en el estado, el auto que negó la aclaración y adición de la sentencia de segunda instancia. 3 Que corresponde a $12.737.374.632 (8.947 SMLMV, aproximadamente), monto total de la condena
impuesta a la sociedad recurrente.4 Vencida en ambas instancias.Rad. n.° 11001-31-99-005-2022-72216-01 2 la Sociedad de Autores y Compositores de Colombia – SAYCO contra Directv Colombia Ltda. SEGUNDO. CORRER traslado por el término de treinta (30) días a la parte impugnante, a fin de que presente la respectiva demanda de sustentación. TERCERO. RECONOCER al Dr. Pedro Octavio Munar Cadena como apoderado sustituto de la demandante. Notifíquese,
MARTHA PATRICIA GUZMÁN ÁLVAREZ
Magistrada