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CSJ - AC9201-2025

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - AC9201-2025
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Civil
Año
2025

AC9201-2025 Radicación n.° 11001-02-03-000-2025-05232-00 Bogotá, D. C., once (11) de diciembre de dos mil veinticinco (2025). Mediante auto CSJ, AC7942-2025, se inadmitió la demanda de revisión elevada por Carlos Alberto Ramos Corena, para que superara las deficiencias advertidas en dicho proveído. Conforme a la constancia secretarial que antecede, el lapso otorgado para subsanar esos defectos venció sin que la parte interesada realizara manifestación alguna. Por consiguiente, al amparo de lo dispuesto en el artículo 90 del Código General del Proceso, el suscrito Magistrado de la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil, Agraria y Rural, RESUELVE PRIMERO: RECHAZAR la demanda de revisión que Carlos Alberto Ramos Corena formuló contra la sentencia que la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín dictó el 16 de agosto de 2024, en el proceso verbal que promovió Vedier Trejos Lema contra el ahora recurrente.Rad. n.° 11001-02-03-000-2025-05232-00

SEGUNDO: NO DISPONER desglose o devolución alguna, por tratarse de un trámite virtual.

TERCERO: ARCHIVAR las presentes diligencias, en la oportunidad legal, previas las constancias de rigor.

Notifíquese y cúmplase,

FERNANDO AUGUSTO JIMÉNEZ VALDERRAMA

Magistrado 2

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