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CSJ - AL10073-2026

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - AL10073-2026
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Laboral
Año

SCLAJPT-06 V.00

LUIS BENEDICTO HERRERA DÍAZ Magistrado ponente AL10073-2026 Radicación n.° 05001-31-05-012-2017-00119-02 Acta 10 Bogotá D.C, veinticuatro (24) de marzo de dos mil veintiséis (2026)

SOCIEDAD ADMINISTRADORA DE FONDOS DE

PENSIONES, CESANTÍAS Y DEL COMPONENTE

COMPLEMENTARIO DE AHORRO INDIVIDUAL PORVENIR

SA y DORA PATRICIA VASCO RENDÓN vs. DORA

PATRICIA VASCO RENDÓN, SOCIEDAD

ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES,

CESANTÍAS Y DEL COMPONENTE COMPLEMENTARIO DE

AHORRO INDIVIDUAL PORVENIR SA, AURA ELISA GUTIÉRREZ OSORIO y SEBASTIÁN ÁLZATE VASCO Luego de verificar en el Sistema de información del Registro Nacional de Abogados -SIRNAsu calidad de abogado, se reconoce personería al doctor Juan Francisco Hernández Roa, con tarjeta profesional  n.° 35.277 del Consejo Superior de la Judicatura, como apoderado de laRadicación n.° 05001-31-05-012-2017-00119-02

SCLAJPT-06 V.00

Sociedad Administradora de Fondos de Pensiones, Cesantías y del Componente Complementario de Ahorro Individual Porvenir SA, en los términos y para los efectos del mandato conferido. Acéptese el desistimiento del recurso de casación

y del Componente Complementario de Ahorro Individual Porvenir SA, en los términos y para los efectos del mandato conferido. Acéptese el desistimiento del recurso de casación interpuesto por la Sociedad Administradora de Fondos de Pensiones, Cesantías y del Componente Complementario de Ahorro Individual Porvenir SA, recurrente contra la sentencia de segunda instancia proferida en el proceso de la referencia. Así mismo, como quiera que, según el informe secretarial que antecede, el recurso de casación no fue sustentado por la parte recurrente Dora Patricia Vasco Rendón, dentro del término legal, se declara DESIERTO. Sin costas, por no haberse causado. Devuélvase el expediente al Tribunal de origen. Notifíquese y cúmplase. 2

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